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La figura de la "Banca Ciudadana" existe en el Concejo como herramienta de participación del vecino: Para qué sirve, quiénes la pueden pedir y cómo funciona


El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez recordó la vigencia de la Banca Ciudadana, un mecanismo de participación creado en 2022 por la Ordenanza N° 2.853/22 (documento oficial) impulsada en su momento por el entonces concejal Nicolás Ramírez, con el objetivo de permitir que vecinos e instituciones expongan propuestas, inquietudes o problemáticas ante el cuerpo legislativo.


Ayer, el recinto aprobó una modificación a la normativa original, impulsada por un proyecto de la concejal Liliana Sequeira (bloque UCR), con el objetivo de actualizar su funcionamiento y reforzar el acceso ciudadano al espacio.


¿Qué es la Banca Ciudadana?

La Banca Ciudadana es un espacio institucional dentro del Concejo Deliberante que permite que vecinos, organizaciones, escuelas e instituciones locales puedan exponer temas de interés comunitario directamente ante los concejales.


Su finalidad es promover la participación democrática, el diálogo y la presentación de propuestas o reclamos vinculados a la ciudad.


¿Qué cambió con la nueva ordenanza?

Las modificaciones aprobadas actualizan puntos centrales del reglamento original. A continuación, los artículos más relevantes:


✔ ARTÍCULO 2 – Quiénes pueden participar (AMPLIACIÓN)

Antes: solo instituciones y personas con limitaciones más estrictas.


Ahora:Podrán hacer uso de la Banca Ciudadana:

  • Personas físicas desde los 16 años con domicilio en la ciudad.

  • Personas jurídicas (ONG, clubes, centros vecinales, etc.).

  • Escuelas secundarias a través de centros de estudiantes o cursos superiores (desde 16 años).


Cambio clave: se amplía la participación a jóvenes desde los 16 años.


✔ ARTÍCULO 4 – Frecuencia de uso

Antes: hasta dos veces por año por institución.

Ahora:Cada ciudadano o institución podrá solicitarla una vez cada tres meses.

Cambio clave: mayor regularidad de participación.


✔ ARTÍCULO 7 – Tiempo de exposición

Se mantiene el tiempo, pero se precisa el control:

  • 10 minutos máximo de exposición

  • Aviso a los 8 minutos para cierre


✔ ARTÍCULO 7 bis – Orden del debate (NUEVO)

Se incorpora una regla de funcionamiento:

  • El expositor no puede ser interrumpido durante su presentación.

  • Finalizada la exposición, los concejales no pueden debatir directamente con el ciudadano, solo realizar preguntas aclaratorias.


Cambio clave: orden y protección del uso de la palabra ciudadana.


✔ ARTÍCULO 8 – Periodo electoral

Se establece la suspensión del uso de la Banca Ciudadana:

  • Desde la oficialización de listas

  • Hasta la realización de las elecciones municipales


✔ ARTÍCULO 9 – Exclusiones

Se reordena y mantiene la prohibición de tratar:

  • Temas político-partidarios

  • Casos judiciales o intereses particulares

  • Agresiones personales

  • Temas fuera de competencia municipal o ya rechazados sin hechos nuevos


✔ ARTÍCULO 11 – Giro a comisión (MODIFICADO)

Antes: el tratamiento no estaba claramente formalizado.

Ahora:

  • Todo tema pasa a comisión correspondiente

  • Se asigna número de expediente

  • El ciudadano podrá hacer seguimiento del trámite

  • Cambio clave: mayor trazabilidad y seguimiento institucional.


Objetivo de la reforma

Desde el Concejo se destacó que las modificaciones buscan:

  • Facilitar el acceso de vecinos e instituciones

  • Ordenar el uso del mecanismo

  • Garantizar transparencia en el tratamiento legislativo

  • Fortalecer la participación ciudadana


Una herramienta que busca mayor protagonismo

Con estas modificaciones, la Banca Ciudadana vuelve a posicionarse como un canal directo entre los vecinos y el Concejo Deliberante, consolidando su rol como herramienta de participación democrática dentro del ámbito local.




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