Condenaron a 5 y 3 años de prisión a dos jóvenes por una balacera a una familia







Marcos P. Rodríguez y Jonathan Lencina fueron condenados, esta mañana, en el Centro Judicial de Rosario a la pena de 3 años y 6 meses de prisión porque haber efectuado diversos disparos a una familia en calle Pasaje 4 y Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez, en el 2018. A Rodríguez le sumaron una pena de un hecho anterior y lo condenaron a 5 años y 6 meses.

Según el parte Oficial del Centro Judicial, Lencina y Rodriguez, el 03 de octubre de ese año entre las 20.30 y 21.45, pasaron por el frente de la vivienda en una motocicleta tipo 110cc, Lencina se bajó y efectúo entre 12 a 13 disparos con un arma calibre 9 milímetros hacia dirección de la víctima que estaba sentada en la vereda y a 5 familiares, a modo de amedrentamiento y se dieron a la fuga.

En su momento, se había secuestrado 9 vainas servidas de un arma 9 milimetros. Se había registrado otras denuncias con amenazas a esa persona y utilizando la misma arma del hecho de 03 de octubre, informaron.

“Este martes 23 de junio de 2020 mediante videoconferencia el Juez de Primera Instancia Dr. Carlos Leiva resolvió homologar el procedimiento abreviado condenando a Marcos Pedro Rodriguez y Jonatan Leonardo Lencina a la pena de 3 años y 6 meses de prisión efectiva por los delitos de Abuso de armas, Amenazas calificadas por el uso de arma de fuego, ambos en concurso ideal en concurso real con el delito de Portación de arma de fuego de guerra en calidad de coautores. Además a Rodríguez se le revoca la condicionalidad de una pena anterior y se la unifica condenándolo a la pena única de 5 años y 6 meses de prisión efectiva”, detallaron en un parte oficial del Centro Judicial.

La Fiscal Dra. Juliana González de la Unidad de Investigación estuvo a cargo del caso.

Rodríguez posee una condena anterior de 2 años de prisión condicional del 11 de mayo de 2018 por ser responsable del delito de Tenencia ilegitima de arma de fuego de guerra que adquirió firmeza el 29 de mayo de 2018. Por eso se la unifica con la presente y se lo condena a la pena único de 5 años y 6 meses de prisión efectiva; ampliaron desde Fiscalía.

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