Los nuevos horarios comerciales y recreativos

 



La Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez dio a conocer, esta tarde, los nuevos horarios comerciales y actividades recreativas habilitadas en el marco de los anuncios realizados por el Gobierno de Santa Fe.

Los comercios de productos no alimenticio podrán trabajar de Lunes a Viernes de 12 horas a 20 horas. Mientras que los sábados el horario es de 9 a 20 horas. Y los que son del rubro alimenticio como supermercados, kioscos, almacenes, etc de 8 a 20 horas. Para gastronómicos de 06 a 24 horas. La medida es por 14 dias.
Los detalles:

¿QUÉ PODEMOS HACER?

· Comercios mayoristas y minoristas de productos no esenciales hasta las 20 horas en horarios que no coincidan con la actividad bancaria.

En nuestra ciudad los horarios serán: de lunes a viernes de 12 a 20 horas. Sábados de 9 a 20 horas los comercios no esenciales, y de 8 a 20 horas los comercios esenciales; en tanto, los domingos solos trabajarán los comercios esenciales.

· Locales gastronómicos: Con concurrencia de personas de 06 hasta las 24 horas y con ocupación del 30% en superficies cerradas, con un máximo de 4 personas por mesa. Servicio de envío a domicilio hasta las 24 horas.

Exclusivo para rotisería: servicio "para llevar" hasta las 20 horas. Envío a domicilio hasta las 24 horas.

· Actividades religiosas: reuniones o ceremonias con hasta 30 personas.

· Obras privadas: hasta 10 trabajadores, profesionales o contratistas.

· Servicios de cuidados de adultos mayores, personas con discapacidad, niños, niñas y adolescentes.

· Servicio de peluquería, manicuría, cosmetología y podología con turno previo y ocupación del 50% del local.

· Ejercicios de profesiones liberales sin atención al público, excepto profesionales del Arte de Curar.

· Servicio de personal doméstico (sin el uso del transporte público).

· Actividad física en clubes y gimnasios que no impliquen el contacto físico, disponiendo de sistema de turnos. Sin habilitar espacios de uso común y vestuarios.

· Salidas breves para caminatas de esparcimiento, sin extenderse más allá de las 20 horas.



¿QUÉ NO PODEMOS HACER?

· Pesca deportiva y recreativa.

· Museos y bibliotecas.

· Enseñanza de disciplina artística en forma particular o en una institución.

· Actividad artística y artesanal a cielo abierto.

· Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades deportivas, universidades nacionales y privadas.



RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN EN LA VÍA PÚBLICA: Entre las 20 y las 6 horas del día siguiente sólo podrán circular quienes realicen actividades autorizadas. Con el uso de transporte público, y pudiendo utilizar taxis y/o remisses.



RECOMENDACIONES: Para personas mayores de 60 años y grupos de riesgo. Limitar la circulación a lo estrictamente necesario.


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