Habilitan bares, actividades físicas y los horarios del comercio lo fijará cada municipio; entre otros puntos
El gobernador Omar Perotti dio a conocer, esta noche, las
nuevas habilitaciones de actividades y extensión de horarios que comenzarán a
funcionar a partir de las 00 horas de este sábado y por 14 dias en el
Departamento Rosario, San Lorenzo, Caseros, Constitución y General López.
Si bien el pico de contagios va en aumento y en Rosario el
95% de las camas están ocupadas, el gobierno provincial decidió habilitar más
actividades pero restringen la circulación de vehículos particulares de
personas que no vayan a trabajar en el horario de las 20 horas a las 06 horas.
Si bien la restricción de personas que no están en horario de
trabajo es hasta las 20 horas, el gobierno habilitó a que los bares y
restaurantes puedan funcionar hasta las 24 horas con el 30% de su capacidad.
Y en cuanto a los comercios mayorista y minoristas antes podían
funcionar hasta las 19.30 horas, pero ahora el horario lo fijará cada municipio
y no puede interponerse con el horario de los bancos. Este punto lo tendrá que
definir, por ejemplo, en Villa Gobernador Gálvez el municipio.
Otro de los puntos, que detalló es que los trabajadores domésticos
vuelven a su actividad pero no pueden utilizar el transporte público.
Mirá en detalle las actividades que SÍ y NO se puede hacer y bajo qué reglas
¿Qué se puede hacer?
-Comercios Mayorista y Minorista hasta las 20.00 hs. en
horarios que no coincidan con los horarios bancarios.
-Locales gastronómicos, bares, restaurantes y heladerías: con
concurrencia de personas hasta las 24 horas y con ocupación del 30% del local
en superficies cerradas. Envíos a domicilio (Delivery) hasta las 24 horas
Exclusivamente para Rotiserías:
-Servicio para llevar (Take away) hasta las 20 hs.
-Envíos a domicilio (Delivery) hasta las 24 hs
Actividades religiosas, cultos, reuniones o ceremonias de
hasta 30 personas.
Obras privadas
-Hasta 10 (diez) trabajadores, profesionales o contratistas.
-Servicios de cuidados de adultos mayores, personas con
discapacidad, niños, niñas y adolescentes.
Actividades de inmobiliarias y mudanzas
-hasta las 20.00 horas y que no coincidan con los horarios
bancarios.
Práctica deportiva de deportistas olímpicos y profesionales
que cuenten con la autorización nacional
Salas de grabación y ensayo preproducción, producción y
postproducción de audios o audiovisuales.
Actividad notarial necesaria para cumplir actividades y
servicios esenciales, solo con personas indispensables y evitando reuniones.
Servicios de peluquería, manicuría, cosmetología y
podología.
-Con turno previo y con una ocupación máxima del 50% de
ocupación del local.
Ejercicio de profesiones liberales, sin atención al público,
excepto profesionales del Arte de Curar.
Servicios de personal doméstico, sin la utilización del
transporte público de pasajeros.
Actividades físicas y deportivas en clubes, gimnasios y
complejos deportivos, que no impliquen contacto físico entre los participantes,
disponiendo un sistema de turnos. Sin habilitar espacios de uso común y
vestuarios.
Actividades físicas individuales en espacios públicos con
distanciamiento social y evitando la aglomeración de personas.
Salidas breves para caminatas de esparcimiento, sin extenderse
más allá de las 20.00 horas.
¿Qué no se puede hacer?
Actividades comerciales de shoppings
Pesca deportiva y recreativa modalidad desde costa y
embarcados, navegación recreativa y guarderías náuticas y clubes deportivos.
Actividades administrativas, sindicatos, entidades gremiales
empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades deportivas,
universidades nacionales y privadas.
Museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación
científica públicos o privados.
Enseñanza disciplinas artísticas en forma particular por un
docente o artista, en un espacio colectivo, institución o establecimiento.
Actividad artística y artesanal A cielo abierto, en plazas, parques y paseos.
Restricciones a la circulación en la vía pública
Entre las 20.00 hs. y las 6.00 horas se permite la
circulación sólo a personas que desarrollen actividades autorizadas, con uso
del transporte público de pasajeros, y pudiendo utilizar taxis y/o remises.
Recomendaciones.
Para personas mayores de 60 años o grupos de riesgo
-Permanecer en sus domicilios
-Limitar la circulación a la estrictamente necesario.
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